Debido a los múltiples reportes de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones de la empresa Claro, que no pueden registrar quejas y reclamos a través de su página web, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL dictó una medida cautelar contra la mencionada operadora para obligarla a que dé solución al problema en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
Cabe precisar que el regulador abrió un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a la operadora por las irregularidades señaladas en su portal web –y constatadas mediante acciones de supervisión realizadas a nivel nacional– y, en paralelo, dictó la medida cautelar para que Claro ofrezca a sus abonados una solución inmediata y permita que ellos puedan acceder al formulario de reclamo, tal cual lo establecen las normas vigentes.
En esa línea, si Claro no ajusta su página web (www.claro.com.pe/atención-de-reclamos/) y no corrige la situación en el plazo señalado podría ser pasible de una doble sanción: una por efecto del Proceso Administrativo Sancionador y otra por el incumplimiento de la medida cautelar. En ambos casos, la multa podría ser de hasta 50 Unidades Impositivas Tributarias – UIT.
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En marzo, abril y mayo de este año, el regulador impuso similares medidas cautelares contra Entel, Telefónica y Bitel, respectivamente, con la finalidad de que ajusten su conducta a lo estipulado en la norma de Condiciones de Uso.
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