Investigando el mercado

¿Leíste la etiqueta de lo que comiste?

La industria lechera ha sido sancionada varias veces por Indecopi. Pero ¿lo que sucede en la industria lechera puede ser extensible al mercado de la mantequilla? Sí. En este espacio es otro el responsable: Unilever, una compañía internacional que nación en 1883 que produce Dorina.

En el año 2010, la Asociación de Usuarios y Consumidores (ASPEC) presentó dos denuncias al respecto. La primera contra Laive y la segunda contra Unilever Andina Perú. El sustento es por infracción del artículo 32° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Dos años después y tras apelaciones justificadas, el falló llegó a favor de los consumidores.

CASO ASPEC VS LAIVE (EXPEDIENTE 3487-2010/CPC)

En el año 2010, la Asociación de Usuarios y Consumidores (ASPEC) presentó una denuncia contra Laive por infracción del artículo 32° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

El tribunal declara fundada la denuncia por la omisión de consignar en el etiquetado del producto “La Preferida” la denominación que reflejaba su verdadera naturaleza.

Página 5 de la RESOLUCIÓN 2289-2012/SC2-INDECOPI

En el año 2012 el Tribunal de Indecopi aplicó una multa de 10 UIT a la empresa y ordenó la modificación de las etiquetas.

Página 12 de la RESOLUCIÓN 2289-2012/SC2-INDECOPI

CASO ASPEC VS UNILEVER ANDINA PERU EXPEDIENTE 3484-2010/CPC

También en el año 2010, la Asociación de Usuarios y Consumidores (ASPEC) presentó una denuncia contra Unilever Andina Perú por infracción del artículo 32° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En este caso también en el año 2012, el tribunal declara fundada la misma, por la omisión de consignar en el etiquetado del producto “Dorina Clásica” la denominación que reflejaba su verdadera naturaleza.

Página 3 de la RESOLUCIÓN 2288-2012/SC2-INDECOPI

En los descargos de la empresa se señaló que prácticamente Dorina no puede ser considerada ni margarina ni mantequilla. 🧐

Página 2 de la RESOLUCIÓN 2288-2012/SC2-INDECOPI

Así se señala, a pesar de los descargos de la empresa, que no se había cumplido con la norma.

Nos podemos dar una idea cómo era el envase de esa época, con un post de Tottus el cual utiliza justamente la imagen (imaginamos que errónea) sin la denominación de margarina en el 2022.

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