Concluyen las actividades de pesca del tiburón martillo en Perú

El Ministerio de la Producción de Perú ha anunciado la finalización de las actividades extractivas del recurso tiburón martillo, en cumplimiento de la Ley General de Pesca. Según el artículo 2 del Decreto Ley N° 25977, los recursos hidrobiológicos en las aguas jurisdiccionales del país son patrimonio nacional, y por ende, es responsabilidad del Estado regular su manejo integral y explotación racional.

La Ley General de Pesca, en su artículo 9, establece que el Ministerio de la Producción determina, basándose en evidencia científica y factores socioeconómicos, los sistemas de ordenamiento pesquero, cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, entre otras normas. Los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento establecidas por el Ministerio.

La temporada de pesca del tiburón martillo estaba definida por la Resolución Ministerial N° 008-2016-PRODUCE, que establecía que se podía pescar desde el 11 de marzo hasta el 31 de diciembre de cada año, con una prohibición de actividades extractivas desde el 1 de enero hasta el 10 de marzo.

Recientemente, mediante la Resolución Ministerial N° 000132-2023-PRODUCE, se ha establecido un límite de captura de cuatrocientas cuarenta (440) toneladas de tiburón martillo para el año 2023. Además, el artículo 2 de dicha resolución establece que el Ministerio de la Producción concluye las actividades extractivas cuando se alcance o se estime alcanzar dicho límite de captura, o en su defecto, el 31 de diciembre de 2023.

Según el último informe de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, al 3 de julio de este año, los desembarques de tiburón martillo han alcanzado un total de 425.63 toneladas, equivalentes al 96.73% del límite de captura establecido para el 2023. Se proyecta que para el 7 de julio, los desembarques alcancen las 437.79 toneladas, que representarían el 99.50% del límite de captura establecido para este año.

Con base en el Informe N° 00000315-2023-PRODUCE/DGPARPA, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura recomienda la emisión de una Resolución Ministerial para dar por concluidas las actividades extractivas del tiburón martillo. La Oficina General de Asesoría Jurídica ha confirmado la viabilidad legal de esta medida.

A partir del 7 de julio de 2023, se dará por concluida la pesca del tiburón martillo. Sin embargo, los armadores de embarcaciones que tengan autorizaciones de zarpe anteriores a esa fecha podrán realizar sus desembarques. Las actividades de procesamiento, almacenamiento, comercialización y transporte del recurso requerirán un Certificado de Desembarque de Tiburón debidamente refrendado por los fiscalizadores acreditados y emitido por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, así como por las Direcciones o Gerencias de la Producción de los Gobiernos Regionales correspondientes. Este certificado deberá acreditar que el tiburón martillo ha sido extraído antes de la conclusión de las actividades extractivas.

Con esta medida, se busca garantizar la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, promoviendo un enfoque sostenible en el sector pesquero. Es importante que los emprendedores y actores involucrados en la pesca en Perú estén informados y cumplan con las regulaciones establecidas para asegurar la conservación de esta especie y el equilibrio de los ecosistemas marinos.


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