LABORAL

Lo que debes saber sobre el pago de horas extras

¡Hola emprendedores peruanos! 👋 Hoy quiero compartir una noticia que podría tener un impacto significativo en la forma en que se remuneran las horas extras. Según un reciente informe del INEI de 2023, aproximadamente 1,5 millones de trabajadores en Perú están laborando más de 50 horas a la semana. Pero aquí está la clave: ¿realmente están siendo compensados adecuadamente por esas horas adicionales?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha tomado cartas en el asunto con una resolución que podría cambiar el juego en términos de pago por sobretiempo. La Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) emitió un dictamen sobre un caso reciente que establece que, simplemente al demostrar que te has quedado a trabajar después de la hora de salida, se presume que has realizado horas extras con el consentimiento de tu empleador.

Esto significa que como empleados, ahora solo necesitamos demostrar que nos hemos quedado más allá de nuestro horario regular para que se reconozcan esas horas como tiempo extra, ¡genial, ¿verdad?! 💼 Pero ojo, la pelota está en el tejado de los empleadores, ya que les corresponde demostrar que nuestra presencia después de horas no fue por razones distintas al trabajo adicional.

La resolución de Sunafil también aconseja a los empleadores que eviten que sus trabajadores permanezcan en el lugar de trabajo después de la hora de salida, ya que esto generaría automáticamente la presunción de que esa estadía es acordada y, por lo tanto, debería ser remunerada como horas extras. Como respaldo, la entidad destaca que los registros de entradas y salidas son pruebas suficientes para respaldar estas situaciones.

Emprendedores, estén al tanto de estos cambios para asegurarse de que tanto ustedes como sus empleados estén alineados con las nuevas pautas. La transparencia en el registro de las horas trabajadas se vuelve crucial, ¡así que mantengan esos registros actualizados! ¿Tienen alguna pregunta o comentario sobre este cambio? ¡Déjenme saber en los comentarios!


👉🏽 Según Decreto Legislativo N° 1524, las empresas y los sujetos que oferten bienes y servicios deben consignar sus números de RUC en toda la documentación utilizada en sus ofertas. Cuaderno Borrador es una marca administrada por Flanker Investment Group (RUC 20609240068)

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