¿Cómo aprovechar el nuevo Fraccionamiento Especial de SUNAT antes del 28 de febrero?

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha establecido el 28 de febrero de 2025 como la fecha límite para acogerse al nuevo Fraccionamiento Especial de deudas tributarias, una medida que ofrece opciones de pago flexibles y beneficios importantes para regularizar obligaciones tributarias pendientes. Esta oportunidad está respaldada por la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32220, vigente desde el 30 de diciembre de 2024.

El Fraccionamiento Especial contempla tres alternativas de pago que se adaptan a las capacidades financieras de los contribuyentes:

  1. Pago al contado: Permite cancelar la totalidad de la deuda acogida, aplicando un bono de descuento que puede alcanzar hasta el 100% sobre intereses y multas. En caso de que la deuda solo incluya intereses y multas, estas podrían extinguirse completamente con el bono.
  2. Pago sumario: Requiere un pago inicial del 25% del monto acogido (descontado el bono de descuento) y el saldo puede fraccionarse en hasta tres cuotas mensuales.
  3. Pago fraccionado: Esta opción permite un pago inicial del 10% y el saldo restante puede dividirse en hasta 72 cuotas mensuales. La cuota mínima es de S/ 260,00, excepto en el caso de la última cuota.

¿Quiénes pueden acogerse?

Este beneficio está dirigido a contribuyentes con deudas tributarias administradas por la SUNAT que constituyen ingresos para el Tesoro Público, como el Impuesto a la Renta, IGV, ISC y derechos arancelarios. Además, incluye deudas contenidas en órdenes de pago, liquidaciones aduaneras y resoluciones, incluso si estas se encuentran impugnadas o en cobranza coactiva al momento de la solicitud.

Asimismo, se permite incluir saldos de aplazamientos o fraccionamientos anteriores, vigentes o no. Una vez aprobada la solicitud, se suspenden los procedimientos de cobranza coactiva y se levantan las medidas cautelares aplicadas.

Beneficios clave

El Fraccionamiento Especial incluye un atractivo bono de descuento que varía según el rango de la deuda expresada en Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Por ejemplo:

  • Deudas hasta 100 UIT pueden obtener hasta un 100% de descuento en intereses y multas con el pago al contado.
  • Para deudas mayores a 5,000 UIT, los descuentos aplicables son del 50% con pago al contado y del 30% con pago fraccionado.

Además, la tasa de interés en modalidades sumaria y fraccionada se fija en el 60% de la Tasa de Interés Moratorio (TIM), representando un alivio significativo frente a tasas ordinarias.

El proceso es sencillo: los contribuyentes deben completar el Formulario Virtual N° 1707, disponible en el portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). Es importante recordar que el pago inicial o total debe realizarse el mismo día de la presentación de la solicitud.

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