Cooperativas de ahorro ganan más tiempo para cumplir con regulaciones

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ha emitido una nueva resolución que modifica el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac). La Resolución SBS N° 00458-2025 establece un nuevo cronograma de adecuación gradual para estos organismos, considerando las dificultades que enfrentan debido a eventos naturales y a los efectos de la pandemia.

Nuevos plazos y ajustes en el sistema Coopac

El nuevo reglamento establece ajustes en varios de los requisitos prudenciales previamente establecidos para las Coopac, como los límites globales de activos, el patrimonio básico y la reserva cooperativa. Estos cambios, que afectan a las entidades de diferentes niveles (Coopac Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3), buscan darles más tiempo para adaptarse a los estándares regulatorios.

El cronograma actualizado establece metas graduales que se extenderán hasta el 2031, con el objetivo de que las Coopac cumplan con los requisitos exigidos por la Ley Coopac. Por ejemplo, el límite global para las Coopac de Nivel 1 se ajustará progresivamente hasta llegar al 10% en 2028, mientras que el patrimonio básico también aumentará según el nivel de activos de cada entidad.

Además, la resolución también aplaza la adecuación para la constitución de la reserva cooperativa y el Ratio de Cobertura de Liquidez (RCL), con un incremento gradual en los porcentajes de cobertura hasta alcanzar el 100% en 2031.

Este ajuste de plazos responde a las dificultades operativas y financieras que enfrentan algunas Coopac, las cuales se vieron agravadas por la crisis económica derivada del COVID-19. Estas entidades también enfrentan desafíos adicionales debido a fenómenos naturales y la creciente inseguridad en algunas zonas del país. Por lo tanto, la SBS ha decidido otorgar más tiempo para que las Coopac se adecúen a estos nuevos requerimientos, permitiendo que puedan seguir operando con la debida solvencia.

Impacto para las Coopac y sus usuarios

Estos cambios impactarán principalmente a las cooperativas de ahorro y crédito más pequeñas, que aún luchan por mejorar su capacidad operativa y financiera. Sin embargo, el objetivo es garantizar la estabilidad del sistema y proteger a los usuarios de estas entidades, permitiéndoles contar con mayores garantías de solvencia y liquidez en el futuro.

Este ajuste en los plazos de adecuación también tiene implicaciones para los clientes de estas cooperativas, quienes podrían ver cambios en los productos y servicios ofrecidos, así como en las condiciones de los préstamos y las tasas de interés.

Con estas modificaciones, la SBS busca un equilibrio entre la estabilidad del sistema financiero y la viabilidad de las Coopac, ayudando a garantizar su sostenibilidad en un entorno económico complejo.

La Resolución SBS N° 00458-2025 entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

¿Qué son las Coopac y en que se diferencias de las otras cooperativas?

Las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac) son instituciones financieras que funcionan bajo el principio cooperativo, es decir, su objetivo principal no es maximizar ganancias, sino promover el bienestar de sus miembros a través de la prestación de servicios financieros como ahorros, créditos y otros productos financieros. A diferencia de los bancos tradicionales, las Coopac están orientadas a sus asociados, quienes son a la vez los propietarios y los beneficiarios de los servicios que ofrecen.

Diferencias con otras entidades financieras:

  1. Autorización para captar recursos: Las Coopac no están autorizadas a captar recursos del público en general, es decir, no pueden recibir depósitos de personas ajenas a la cooperativa (como sí lo hacen los bancos). Su actividad está limitada a sus socios, lo que les otorga una operación más restringida en comparación con los bancos comerciales.
  2. Enfoque cooperativo: Mientras que los bancos tienen fines de lucro, las Coopac operan con un modelo cooperativo, donde los beneficios se distribuyen entre los socios, no entre accionistas. Esto les da un enfoque más orientado al servicio y la ayuda mutua entre los miembros.
  3. Supervisión y regulación: Aunque las Coopac están sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), su regulación es menos estricta en comparación con los bancos comerciales. Esto se debe a que su alcance y actividad son menores, y están más enfocadas en servir a grupos cerrados de personas (socios).

¿Por qué no están completamente reguladas como los bancos? Las Coopac no están completamente reguladas de la misma manera que los bancos comerciales por varias razones:

  1. Naturaleza de sus operaciones: Como se mencionó, las Coopac no captan recursos del público en general y tienen una estructura más limitada y dirigida a sus socios. Su alcance no es tan amplio como el de los bancos comerciales, que operan en el mercado de forma más abierta y con un público más diverso.
  2. Principios cooperativos: Las Coopac se rigen por principios cooperativos, que promueven la autonomía y el control democrático de sus miembros. Esto les otorga una flexibilidad en la forma en que operan, sin las mismas exigencias regulatorias de los bancos tradicionales, que buscan proteger el interés público de manera más amplia.
  3. Desafíos y adaptación: En muchos países, las Coopac han enfrentado dificultades operativas y económicas, especialmente durante crisis como la pandemia de COVID-19. Por esta razón, algunos reguladores han permitido una regulación más flexible, como en el caso de Perú, donde la SBS ha modificado los plazos y requisitos regulatorios para que las Coopac puedan adaptarse de manera gradual a las normativas prudenciales.

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