📢 El Congreso de la República promulgó la Ley N° 32297, que moderniza el marco legal del martillero público en el Perú. La norma modifica y armoniza la Ley del Martillero Público (Ley 27728), la Ley de remates judiciales electrónicos (Ley 30229), el Código Procesal Civil, la Ley Orgánica del Poder Judicial y otros cuerpos normativos. El objetivo: adaptarse a los nuevos escenarios digitales y reforzar la transparencia y control en los procesos de subasta.
La ley precisa funciones, sanciones y requisitos del martillero, además de fortalecer la fiscalización a través de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). Asimismo, se reconoce la posibilidad de ejecutar remates no solo de manera presencial, sino también virtual y por medios tecnológicos. De esta forma, se institucionaliza el uso del sistema REM@JU para subastas judiciales electrónicas.
Uno de los cambios más importantes es la creación de la Cámara del Martillero Público del Perú, un ente de derecho privado adscrito al Ministerio de Justicia que agrupará a todos los martilleros públicos del país. Esta entidad contará con autonomía y será la encargada de gestionar el registro, velar por la formación profesional y custodiar los archivos.
En materia de sanciones, la ley introduce el artículo 19-A, que clasifica con mayor precisión las faltas leves y graves, estableciendo un rango de medidas disciplinarias desde suspensiones hasta cancelaciones del registro. Se incorporan también criterios objetivos para la graduación de las sanciones, incluyendo reincidencia, perjuicio económico y daño al interés público.
La actualización del marco legal también contempla mejoras a los procesos de notificación judicial electrónica y a los protocolos de adjudicación de bienes subastados, buscando mayor agilidad y seguridad jurídica para los postores y demandantes.
🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS
Inclusividad tecnológica: Se admite el uso de medios electrónicos como modalidad regular de remate, a la par de la presencial.
Digitalización: La ley impulsa los remates electrónicos judiciales mediante el sistema REM@JU, optimizando tiempo y transparencia.
Supervisión: SUNARP será la entidad encargada de aplicar sanciones y mantener actualizado el Registro de Martilleros Públicos.
Profesionalización: Se crea la Cámara del Martillero Público del Perú, que agrupará y fiscalizará a los martilleros activos.
Sanciones: Se incorporan nuevas infracciones con sanciones proporcionales, incluyendo suspensión y cancelación del registro.


Deja un comentario