📢 El Ejecutivo ha dispuesto, mediante el Decreto Supremo N.º 046-2025-PCM, la prórroga del Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao por 30 días calendario, a partir del 17 de abril de 2025. La medida responde al incremento sostenido de delitos como homicidios, extorsiones, sicariato y robos, que afectan gravemente la seguridad ciudadana en ambas jurisdicciones.
Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú continuará ejerciendo el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas en zonas específicas. Además, se mantendrán restricciones a derechos constitucionales como la libertad de tránsito, reunión, seguridad personal e inviolabilidad del domicilio, tal como lo faculta el artículo 137 de la Constitución.
Uno de los aspectos más llamativos del decreto es la restricción en el uso de vehículos menores (categorías L1 y L3), que ahora solo podrán circular con un conductor sin acompañante y con el rostro visible. Esta disposición busca frenar su uso en actos delictivos, como asaltos y sicariato.
El Gobierno también establece que la Policía deberá presentar un informe al Ministerio del Interior cinco días hábiles después de concluido el régimen, detallando las acciones realizadas y sus resultados. Todo este operativo se ejecutará con recursos del presupuesto institucional y eventuales asignaciones del Ministerio de Economía y Finanzas.
Esta prórroga no solo tiene implicancias en materia de seguridad, sino también en el ámbito económico, pues impacta la movilidad urbana, el transporte informal y las operaciones comerciales de sectores como delivery y mensajería, que dependen del uso de motocicletas y mototaxis en Lima y Callao.
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Impacto económico: Sectores como delivery, transporte urbano y comercios se ven afectados por las restricciones de movilidad.
Duración: La medida rige por 30 días desde el 17 de abril de 2025, con control policial reforzado por las Fuerzas Armadas.
Restricciones: Se limitan libertades como tránsito, reunión, domicilio y seguridad personal en el área declarada.
Vehículos menores: Motos y similares solo podrán circular con un conductor, sin acompañantes ni elementos que cubran el rostro.
Justificación: La decisión se basa en informes reservados de la Policía Nacional que alertan sobre el aumento del crimen organizado.


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