📢 El Congreso de la República ha aprobado una modificación clave a dos decretos legislativos que regulan el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones, con el objetivo de mejorar la seguridad ciudadana y la eficiencia en la lucha contra el crimen organizado. La Ley N° 32303, que modifica el Decreto Legislativo 1182 y el Decreto Legislativo 1338, introduce medidas más estrictas para la identificación, localización, geolocalización y rastreo de los equipos de comunicación. Esta reforma se centra en optimizar los mecanismos para rastrear y bloquear dispositivos vinculados a actividades delictivas, proporcionando a las autoridades nuevas herramientas legales para la intervención rápida y eficiente.
Modificación del Decreto Legislativo 1182
El Decreto Legislativo 1182, que regula el uso de datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, ha sido modificado en su artículo 3. La nueva normativa establece que las autoridades competentes, como la Policía Nacional del Perú, podrán solicitar el acceso a la localización o rastreo de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en casos donde este acceso sea indispensable para la investigación. Este acceso será autorizado únicamente bajo las debidas garantías, asegurando el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos, y se podrá realizar siempre que no constituya una intromisión indebida en la privacidad.
Modificación del Decreto Legislativo 1338
Por otro lado, el Decreto Legislativo 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, también ha sido modificado para fortalecer el combate al comercio ilegal de equipos móviles y mejorar la seguridad ciudadana. Este decreto regula el uso de equipos terminales móviles en relación con la comisión de delitos y establece que las empresas operadoras de telecomunicaciones deben colaborar activamente con las autoridades. En caso de que se detecten equipos terminales vinculados a la comisión de delitos, las operadoras están obligadas a suspender temporalmente la línea telefónica, bloquear el IMEI (código único de identificación de un dispositivo móvil) y dar de baja el servicio móvil correspondiente.
Además, las operadoras deberán ejecutar estos procedimientos de manera urgente, dentro de un plazo máximo de tres horas, una vez recibida la solicitud de las autoridades competentes, como el Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público, entre otros. Esto garantizará una respuesta más rápida ante situaciones de emergencia y ayudará a mitigar el uso de dispositivos en actividades delictivas.
Fortalecimiento de la seguridad ciudadana y la prevención del comercio ilegal
Con estas modificaciones, se busca una respuesta más eficiente ante el uso de dispositivos móviles en actividades delictivas, especialmente en casos de crimen organizado, tráfico de drogas y delitos informáticos. La ley refuerza las medidas de prevención contra el comercio ilegal de equipos terminales móviles, estableciendo que solo los dispositivos registrados y verificados en la Lista Blanca del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles (RENTESEG) podrán operar sin restricciones. Los equipos alterados, duplicados, clonados o inválidos serán inmediatamente bloqueados.
Además, se establece un proceso más claro para que los usuarios afectados por la pérdida o robo de sus dispositivos puedan solicitar el bloqueo del IMEI o la suspensión temporal del servicio móvil, siempre que presenten la respectiva denuncia y una constatación policial que verifique el incidente.
Implicaciones y objetivos de la nueva ley
El objetivo principal de esta reforma es mejorar la capacidad de las autoridades para actuar rápidamente en la prevención de delitos, especialmente en situaciones en las que el uso de teléfonos móviles es un medio para facilitar actividades delictivas. Asimismo, se busca garantizar que el comercio de equipos móviles ilegales sea combatido de manera más efectiva, reduciendo el tráfico de dispositivos que se utilizan en crímenes.
Con esta ley, las autoridades también podrán realizar un seguimiento más estricto de los dispositivos utilizados para la comisión de delitos, lo que permitirá desarticular redes criminales con mayor eficiencia. Además, se garantiza que los procedimientos para suspender las líneas o bloquear los dispositivos se realicen de manera ágil, evitando demoras que puedan obstaculizar las investigaciones y la seguridad de la ciudadanía.
🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS
- Modificación: El Decreto Legislativo 1182 ha sido modificado para permitir un acceso más ágil a los datos de telecomunicaciones con fines investigativos, asegurando que el acceso solo se realice cuando sea indispensable para la investigación.
- Control: Se ha fortalecido el control sobre los equipos móviles implicados en delitos, permitiendo su bloqueo inmediato y la suspensión de los servicios vinculados a actividades ilícitas.
- Seguridad: Las operadoras de telecomunicaciones deberán ejecutar las solicitudes de las autoridades en un plazo máximo de tres horas para suspender el servicio de dispositivos vinculados a crímenes.
- Tecnología: La ley optimiza el uso de la geolocalización y el rastreo de equipos móviles en tiempo real para facilitar la identificación de dispositivos vinculados a actividades delictivas.
- Prevención: El registro y control del comercio ilegal de equipos móviles se fortalece, impidiendo la circulación de dispositivos alterados o clonados que puedan ser utilizados en la comisión de delitos.


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