💼 ¿Tu negocio turístico puede entrar a una ZEDT? Aquí te contamos cómo

📢 Turismo con 0 % de impuesto a la renta: ¿cómo acceder a este beneficio y por qué puede cambiar regiones enteras? Imagina que tienes un hotel en una zona turística priorizada del país. Inviertes, das empleo formal, haces todo con enfoque sostenible… y no pagas impuesto a la renta durante cinco años. No es fantasía: ya es ley.

La nueva Ley General de Turismo (Ley N.º 32392) crea las Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT): espacios priorizados por su alto potencial turístico donde los negocios nuevos podrán acceder a beneficios tributarios muy concretos. Si se cumple con lo exigido, el Estado te da 0 % de IR los primeros cinco años, 10 % los siguientes cinco, y 15 % del año 11 al 15.

Pero este no es un “premio” gratuito. Para acceder, se deben cumplir condiciones claras:
✅ Generar empleo formal en la zona.
✅ Invertir en infraestructura turística propia.
✅ Operar bajo principios de sostenibilidad y no tercerizar los servicios principales.

La apuesta es ambiciosa: atraer inversión a regiones con patrimonio cultural o natural, reactivar economías locales y ordenar el crecimiento turístico para que no dependa solo de tres o cuatro destinos. Además, las ZEDT están pensadas para priorizar el empleo local, lo que podría reducir migración interna y fortalecer economías regionales.

Estas zonas serán propuestas por el Poder Ejecutivo mediante ley, pero deben tener la opinión técnica favorable del Ministerio del Ambiente o el Ministerio de Cultura, si se ubican en áreas protegidas o cercanas a patrimonio cultural. Es decir, no cualquier lugar califica: se trata de turismo con propósito, y con reglas claras.

Ahora la pelota está en la cancha de gobiernos regionales y municipales, que pueden proponer estas zonas en sus planes de ordenamiento. Y también en los emprendedores que, si se preparan, pueden ser los primeros en aprovechar esta ventana.


🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS

  1. IMPUESTO CERO: Las nuevas empresas en ZEDT no pagarán impuesto a la renta los primeros 5 años. Es un fuerte alivio fiscal para reinversión inicial.
  2. PROGRESIVO Y CONTROLADO: Del año 6 al 10 pagarán 10 %, y del año 11 al 15, 15 %. A partir del año 16, pagan lo regular. Se evaluará si siguen cumpliendo condiciones.
  3. REQUISITOS CLAVE: Solo acceden quienes inviertan directamente, den empleo formal en la zona y no tercericen sus actividades principales.
  4. IMPACTO LOCAL: Los proyectos deben mejorar la calidad de vida local y respetar el medio ambiente. La formalización es condición para el beneficio.
  5. TIEMPO LIMITADO: El beneficio dura 15 años como máximo, pero se revisa a los 3 años. Si no se cumple lo prometido, se pierde el derecho.

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