📢 ¿Ya hiciste números para tu gratificación de julio? Si trabajas en el sector privado, este ingreso adicional puede ser un alivio para tus finanzas… o una oportunidad para organizar mejor tu presupuesto. Pero antes de hacer planes con ese dinero, necesitas entender cómo se calcula. Porque no siempre es un sueldo completo: hay variables que podrían modificar el monto que recibirás.
La ley peruana establece que las empresas del régimen laboral privado deben pagar la gratificación por Fiestas Patrias a más tardar el 15 de julio, y aplica para todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato (indeterminado, a plazo fijo o parcial). En principio, equivale a un sueldo completo si trabajaste todo el semestre, pero puede variar si entraste después de enero o si tienes ingresos variables.
Por ejemplo, si recibiste bonos u horas extras al menos tres veces entre enero y junio, estos también se incorporan al cálculo. ¿Y los descuentos? Buenas noticias: no se descuenta AFP ni EsSalud. De hecho, el empleador está obligado a pagarte un 9% adicional como bonificación extraordinaria. Si estás en una EPS, este porcentaje será del 6.75%. Eso sí, como ingreso, está sujeto al impuesto a la renta de quinta categoría.
¿Y si tu empleador no paga a tiempo? La ley es clara: la multa puede llegar hasta S/ 139,742, dependiendo del número de trabajadores afectados. Además, el monto adeudado acumula intereses legales laborales. Por eso, tanto empleadores como trabajadores deben estar atentos y actuar con planificación y transparencia.
Desde la perspectiva económica, la gratificación cumple un doble rol: actúa como estímulo al consumo (una inyección de liquidez para las familias), pero también exige disciplina financiera a las empresas, que deben prever este gasto semestral como parte de su operación.
🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS
- FECHA CLAVE: El pago de la gratificación debe realizarse hasta el 15 de julio, sin excepción.
- MONTO VARIABLE: Si trabajaste menos de seis meses o tienes ingresos variables, tu gratificación se calcula proporcionalmente.
- BONIFICACIÓN EXTRA: No se descuenta AFP ni EsSalud; el empleador debe sumar 9% adicional (o 6.75% si estás en EPS).
- SANCIÓN FUERTE: Las multas por no pagar a tiempo van desde S/ 8,399.50 hasta S/ 139,742.00.
- INGRESO TRIBUTABLE: La gratificación sí paga impuesto a la renta de quinta categoría, así que toma nota en tu plan fiscal.


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