📢 ¿Bono por movilidad o condición laboral? SUNAFIL aclara que no todo pago adicional es un “beneficio” Muchos empresarios temen que cualquier apoyo adicional que dan a sus trabajadores termine considerado como un “beneficio laboral permanente”. Pero una nueva resolución de SUNAFIL podría cambiar ese temor. La Resolución de Sala Plena N.º 006-2025-SUNAFIL/TFL señala que un bono de movilidad no siempre es un beneficio laboral exigible si se demuestra que está vinculado a condiciones particulares del trabajo y no es parte de la remuneración ordinaria.
El caso concreto trata de un trabajador que recibía un pago por concepto de movilidad. SUNAFIL lo consideró un beneficio fijo y sancionó al empleador por dejar de otorgarlo, sin analizar si realmente era un derecho adquirido o solo un apoyo contextual. El Tribunal, sin embargo, anuló la sanción y estableció que no todo pago adicional implica un beneficio exigible si no se prueba su habitualidad, permanencia o carácter remunerativo.
Este precedente es importante porque muchos pagos ocasionales —como refrigerios, movilidad o bonos específicos— no tienen por qué convertirse automáticamente en parte de la relación laboral permanente. Lo clave, según la resolución, es la justificación y el sustento documental que acredite que se trata de un apoyo extraordinario o temporal.
El fallo busca evitar que una intención de apoyo se convierta en una obligación indefinida. También promueve mayor claridad en la documentación laboral para que tanto empleadores como trabajadores sepan a qué atenerse.
La resolución ahora es vinculante y deberá ser aplicada en todos los casos similares por los inspectores de SUNAFIL.
🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS
- BONOS TEMPORALES: No todo bono es un derecho laboral adquirido. La clave es probar su finalidad y temporalidad.
- DOCUMENTACIÓN: Las empresas deben dejar constancia clara del motivo de los pagos extraordinarios para evitar interpretaciones erróneas.
- INSPECCIONES: SUNAFIL ya no podrá sancionar automáticamente por no pagar un bono si no demuestra que era un beneficio habitual.
- SEGURIDAD JURÍDICA: Se refuerza la importancia del debido proceso en fiscalizaciones laborales.
- LIBERTAD DE GESTIÓN: Las empresas ganan margen para brindar apoyos sin temor a que se transformen en obligaciones permanentes.


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