🚷 S/ 16 050 de multa por no asistir a pasajera con discapacidad

📢 ¿Y si fuera tu madre en silla de ruedas esperando sola bajo el frío? Así comienza una sanción que nos obliga a mirar el servicio con otros ojos Una pasajera con paraplejia permaneció más de 30 minutos al pie del avión, sin apoyo ni trato preferente, expuesta al clima arequipeño mientras esperaba poder embarcar. Esto ocurrió durante un vuelo programado en octubre de 2024, según la reciente sanción impuesta por la Comisión del Indecopi en Arequipa. La aerolínea implicada fue sancionada con 3 UIT (S/ 16 050) por no cumplir con su obligación legal de brindar embarque prioritario a personas con discapacidad.

El hecho no es menor: la usuaria informó su situación al personal desde el check-in, pero la aerolínea no activó el protocolo correspondiente, alegando después que «no tenían listas las correas de traslado» para su silla. El resultado fue una exposición innecesaria, una vulneración clara del Código de Protección y Defensa del Consumidor y, lo más preocupante, un síntoma de cómo la burocracia interna de las grandes empresas puede tener consecuencias reales y humanas.

La resolución, aún en primera instancia, también ordena que el personal de embarque del aeropuerto de Arequipa sea capacitado en un plazo de 15 días hábiles, una medida correctiva mínima, pero necesaria. Aunque la aerolínea aún puede apelar, la sanción ya marca un precedente: el servicio no es solo lo que pagas, sino cómo te tratan cuando más lo necesitas.

Más allá del caso individual, este episodio abre una conversación necesaria sobre cómo se gestionan los servicios preferenciales en el país, y sobre la importancia de combinar eficiencia con empatía. No se trata de más leyes, sino de aplicar con sentido común las que ya existen: si una empresa no puede garantizar lo básico, como el trato digno a personas con discapacidad, ¿qué puede garantizar realmente?


🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS

  • SANCIÓN ECONÓMICA: Se impuso una multa de 3 UIT (S/ 16 050) por no aplicar trato preferente obligatorio.
  • MEDIDA URGENTE: Se ordenó la capacitación del personal de embarque en Arequipa en un plazo de 15 días.
  • CASO RECIENTE: El hecho ocurrió en octubre de 2024, pero la resolución fue emitida en agosto de 2025.
  • IMPACTO HUMANO: La pasajera estuvo más de 30 minutos esperando sin asistencia, pese a haber informado su condición.
  • DERECHO APELABLE: La empresa puede impugnar esta sanción, que aún es de primera instancia administrativa.

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