📢 ¿Estás en Loreto, Ucayali o San Martín? Tal vez estás pagando impuestos que podrías evitar. En el Perú, existen regiones donde las empresas pueden operar con una carga tributaria mucho menor que en el resto del país. Sin embargo, muy pocos lo saben o lo aprovechan. Desde 1998, la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía (Ley N.º 27037) otorga beneficios concretos como la exoneración del IGV y una reducción significativa del Impuesto a la Renta para quienes producen o transforman dentro del ámbito amazónico. Y lo mejor: la norma sigue vigente.
Este régimen se aplica de forma directa a cinco departamentos: Loreto, Ucayali, Madre de Dios, San Martín y Amazonas. Además, algunas zonas amazónicas de Cajamarca, Huánuco, Junín, Pasco, Cusco y Ayacucho también están incluidas si cumplen con los criterios geográficos establecidos en los decretos reglamentarios. Para muchas empresas, sobre todo mypes, este podría ser un salvavidas tributario. Pero la mayoría lo desconoce.
Los beneficios son contundentes. Por un lado, permite vender sin aplicar IGV dentro del territorio amazónico. Por otro, reduce el Impuesto a la Renta al 10% y, en zonas específicas como Loreto o algunas provincias de Ucayali, incluso al 5%. Esto representa una diferencia sustancial frente al 30% habitual que pagan las empresas en otras regiones del país.
Para acceder, es necesario cumplir algunos requisitos: tener domicilio fiscal en una de las zonas cubiertas, estar formalmente inscrito en SUNAT y Registros Públicos, y sobre todo, ejecutar actividades productivas o de transformación dentro del territorio. No basta con tener una dirección ahí: hay que demostrar que el valor se genera realmente en la región.
Otro punto importante es que si bien la exoneración del IGV aplica solo a operaciones dentro del ámbito amazónico, la reducción del Impuesto a la Renta sí se mantiene incluso si vendes a otras regiones, como Lima. Es decir, puedes producir en Ucayali y comercializar a nivel nacional manteniendo tu tasa preferencial.
Hoy, solo el 7% de las micro y pequeñas empresas en la Amazonía acceden a este régimen. En muchos casos, por miedo a formalizarse o por falta de acompañamiento técnico. Pero con una adecuada asesoría contable y legal, cualquier negocio amazónico puede acceder a este beneficio que promueve no solo inversión, sino también empleo, desarrollo descentralizado y uso sostenible de los recursos.
🧠 NO PIERDA DE VISTA ESTOS DATOS
- LEY VIGENTE DESDE 1998: Exonera IGV y reduce IR si operas en zonas amazónicas.
- REGIONES INCLUIDAS: Loreto, Ucayali, Madre de Dios, San Martín, Amazonas y zonas de 6 departamentos más.
- TASA PREFERENCIAL: 10% o incluso 5% de IR para empresas que generan valor en la selva.
- FORMALIDAD OBLIGATORIA: SUNAT, Registros Públicos y cumplimiento tributario son requisitos indispensables.
- POCA UTILIZACIÓN: Solo el 7% de mypes amazónicas acceden al régimen, principalmente por desconocimiento.


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